General de Salud, Compañía de Seguros S.A. se complace en presentar a usted una Guía Rápida acerca de nuestra línea de productos MULTI-SALUD la cual garantiza la máxima cobertura y bienestar total de nuestros Asegurados, mediante un conjunto integral de planes de coberturas y servicios únicos en el mercado que brindan protección y cuidados en la Salud con flexibilidad y a todos los niveles.

Los paquetes de coberturas están diseñados para ofrecer la máxima protección a nuestros Asegurados dependiendo de las necesidades y capacidades económicas de los mismos.

1) Plan Multi-Salud Distinguido
Diseñado para Directores, Altos Ejecutivos, Empresarios o personas con una necesidad de protección total. Este Plan cubre las necesidades de atención a todos los niveles.

2) Plan Multi-Salud Preferente
Dirigido a Ejecutivos, Comerciantes, Familias y Personas que necesiten una protección amplia en medicina preventiva y de primer contacto, contando con el respaldo de un seguro en caso de requerir una cobertura de Gasto Hospitalario.

3) Plan Multi-Salud Especial
Creado para aquellas personas que buscan cubrir la necesidad de protección ante un accidente o enfermedad que requiera Hospitalización y con las ventajas que brinda la medicina preventiva.

4) Plan Multi-Salud Primario
Ofrece protección básica en servicios de salud y medicina preventiva. También esta diseñado como el complemento ideal para aquellas personas que ya cuentan con una cobertura de Gastos Hospitalarios.
 

Todos nuestros Planes cuentan con el PLUS de brindar a nuestros clientes, el acceso a los Servicios de Medicina Preventiva y Detección Oportuna de enfermedades para cada edad y tipo de persona.

Estos planes son ofrecidos para pólizas Individuales, Familiares y de Grupo. Seguros de poder ayudar a que toda persona cuente con acceso a nuestros productos, nuestros planes Multi-Salud ofrecen un esquema de copagos ajustables a la necesidad y a la condición económica de nuestros clientes.

Por favor revise la tabla base de copagos contenidas en esta guía y los rangos de tarificación para cada uno de ellos.

PAQUETES DE COBERTURA

Esta nueva línea de productos ha sido diseñada tomando en cuenta las necesidades del mercado; necesidades que hemos detectado a lo largo del tiempo que General de Salud, Compañía de Seguros S.A. ha estado presente en el ramo.

Recuerde: Fuimos la primer compañía en ofrecer la cobertura de SALUD en nuestro país.



ELEGIBILIDAD

La cobertura de los paquetes MULTISALUD se otorgará bajo los siguientes límites de edades:

 LÍMITE DE EDADES

Asegurado

Edad de Aceptación

Edad máxima de Renovación

Edad de Cancelación

Titular

18 a 64 años

69 años

70 años

Dependientes*

0 a 64 años

69 años

70 años

Hijos*

0 a 24 años

24 años

25 años


* Para darse de alta como Dependiente, el interesado deberá reunir alguno de los siguientes requisitos:

  1. Ser cónyuge del Afiliado Titular.
  2. Ser hijo o estar bajo tutela legal del Afiliado Titular, siempre y cuando:
    • a) Sea soltero y dependa legal y económicamente del Afiliado Titular y
    • b) Sea estudiante de tiempo completo y asista a una Escuela, Colegio o Universidad acreditados, sin haber alcanzado los veinticinco años de edad, ó
    • c) Sea menor de dieciocho años en el caso de que no asista a una institución educativa acreditada.
  3. Ser padre o madre del Afiliado Titular y
    • a) Dependan económicamente del Afiliado Titular y
    • b) No sean mayores de sesenta y cuatro años de edad.


- La cobertura de todos los Afiliados dentro de una familia cesará cuando se pierda la elegibilidad del Afiliado Titular.
- La cobertura de un Afiliado Dependiente cesará cuando deje de cumplir los requisitos de elegibilidad para ser Afiliado Dependiente.
 
COBERTURAS Y BENEFICIOS

I. PREVENCIÓN DE LA SALUD

Mediante convocatoria por parte de la Compañía, los Afiliados gozarán de los siguientes servicios:

  • Campañas educativas en el mantenimiento de la salud.
  • Inmunizaciones para menores de cinco años de acuerdo a las comprendidas en la Cartilla Nacional de Vacunación: Polio, DPT (Difteria, Tosferina y Tétanos), Sarampión y BCG (Tuberculosis), MMR (Triple Viral), Hexavalente (DPT, Polio, Hepatitis B, y HIB).
  • Inmunizaciones para grupos de riesgo: SR (Sarampión y Rubéola), Td (Toxoide tetánico y diftérico); así como las inmunizaciones que estipulen los programas emergentes del Sistema Nacional de Salud.
  • De Detección oportuna de cáncer ginecológico, (examen de mama, mamografía y Papanicolau), de cáncer de próstata (examen físico y antígeno prostático en sangre), de cáncer de colón y recto (examen físico y prueba de sangrado microscópico en heces), campañas de detección oportuna de hipertensión arterial, de dislipidemias (determinación de colesterol y triglicéridos en sangre), de diabetes mellitus (glucemia en sangre).
  • Educación y Planificación Familiar Temporal (dispositivo intrauterino).


II. MANTENIMIENTO DE LA SALUD

(Cobertura que aplica sólo en caso de estar contratada y se indique en la carátula de la póliza).

El mantenimiento de la salud de los Afiliados, estará a cargo del Médico de Cuidados Primarios (M.C.P.), el cual podrá ser seleccionado de la Red de Médicos Generales, Familiares y Pediatras, de acuerdo a su edad, quienes brindarán los siguientes servicios:

  1. Atención médica en consultorio del Médico de Cuidados Primarios
  2. Atención en consultorio con médicos especialistas


III. MATERNIDAD

(Cobertura que aplica sólo en caso de estar contratada y se indique en la carátula de la póliza).

Se consideran cubiertos los siguientes gastos, siempre que el embarazo se geste dentro de la vigencia de la póliza y cobertura.

Es requisito indispensable que al momento del parto, la cobertura se encuentre contratada, vigente y cubierto el periodo de espera:

  1. Cuidados de maternidad, (parto o cesárea con un período de espera de diez meses de vigencia continua de manera ininterrumpida en la póliza).
  2. Servicios de ginecobstetricia, siempre que el embarazo se haya generado posterior a un mes de vigencia continua de la póliza.
  3. Cuidados del recién nacido, siempre y cuando el bebé haya sido gestado posterior a treinta días de vigencia continua de la póliza y la madre haya cursado diez meses de cobertura previa e ininterrumpida inmediata antes de su nacimiento. Para que la atención al recién nacido sea de inmediata y continua, deberá darse de alta dentro de los primeros treinta días naturales a su nacimiento y la prima se encuentre pagada.
  4. Padecimientos congénitos de los hijos nacidos durante la vigencia de la Póliza, (siempre y cuando la madre hubiera cumplido los diez meses de cobertura previa e ininterrumpida, y el parto haya sido cubierto por el programa) y el menor sea dado de alta al programa dentro de los primeros treinta días naturales siguientes a su nacimiento.
  5. Complicaciones del embarazo y del parto (siempre que el embarazo se haya generado treinta días posteriores a la vigencia continua e ininterrumpida de la póliza).


IV. SERVICIOS AUXILIARES DE DIAGNÓSTICO

(Cobertura que aplica sólo en caso de estar contratada y se indique en la carátula de la póliza).

1. Servicios auxiliares de diagnóstico solicitados por el médico tratante, (análisis de laboratorio, electrocardiogramas, estudios de rayos-X e imagenología, histopatología, estudios audiológicos, pruebas respiratorias, encefalogramas, examen de la vista e isótopos radioactivos).

V. SERVICIOS ODONTOLÓGICOS

(Cobertura que aplica sólo en caso de estar contratada y se indique en la carátula de la póliza).

Estos servicios incluyen:

  1. Consultas al odontólogo, incluye aplicación tópica de flúor en infantes.
  2. Profilaxis (limpieza) e instrucciones de higiene bucal.
  3. Examen oral de diagnóstico y plan de tratamiento.
  4. Radiografías simples .
  5. Curación y obturación con amalgamas.
  6. Extracciones simples.
  7. Drenaje de absceso.
  8. Tratamientos dentales, alveolares o gingivales indispensables a consecuencia de un accidente, amparado y cubierto por el programa, siempre y cuando se manifiesten y atiendan dentro de los siguientes treinta días de ocurrido el accidente.


VI. HOSPITALIZACIÓN

(Cobertura que aplica sólo en caso de estar contratada y se indique en la carátula de la póliza).

Se consideran cubiertos los gastos que se ocasionen a consecuencia de un accidente o enfermedad amparados por el programa, que provoque el internamiento del Afiliado en un hospital o sanatorio, incluyendo:
 

  1. Gastos de hospital o sanatorio por el internamiento del Afiliado: representados por el costo de cuarto privado estándar, alimentos del paciente, gastos de anestesia, gastos inherentes al tratamiento médico.
  2. Hospitalización no quirúrgica.
  3. Cirugía ambulatoria y cirugía menor.
  4. Honorarios del médico tratante por consultas que reciba el Afiliado durante su hospitalización en el sanatorio u hospital.
  5. Honorarios por intervención quirúrgica de cirujanos y ayudantes. Se cubrirán los honorarios quirúrgicos de acuerdo con los aranceles vigentes de la compañía en la plaza, incluyendo a los ayudantes.
  6. Honorarios del anestesiólogo.
  7. Medicamentos de uso intrahospitalario. Se cubrirán todos los medicamentos requeridos por el paciente durante su estancia en el Hospital.
  8. Sala de operaciones, terapia intensiva, intermedia y de recuperación.
  9. Consumo de oxígeno.
  10. Transfusiones de sangre o elementos de la misma que se requieran.
  11. Servicio de urgencias las veinticuatro horas.
  12. Planificación familiar definitiva (Vasectomía y Salpingoclasia) con periodo de espera de diez meses consecutivos e ininterrumpidos de vigencia.
  13. Enfermera de cuidados especiales legalmente autorizada para ejercer su profesión, cuando dicho servicio sea prescrito por el médico tratante, con un límite máximo de treinta días naturales por padecimiento.
  14. Compra o renta de aparatos especiales ortopédicos, excepto la reposición de aquellos aparatos ortopédicos ya existentes a la fecha del accidente o enfermedad.
  15. Medicina física y de rehabilitación, cuando sea considerado indispensable por el médico tratante, con un límite máximo de sesenta sesiones por padecimiento.
  16. Tratamiento con terapia radioactiva, quimioterapia e inhaloterapia.
  17. Renta de equipo para recuperación, con un límite máximo de sesenta días por padecimiento.
  18. Transporte en ambulancia terrestre, cuando el médico tratante así lo requiera, previa autorización de General de Salud, Compañía de Seguros, S. A.
  19. Por accidente o enfermedad, gastos de prótesis ortopédicas, mamarias, oculares, valvulares o cualquier otro tipo de prótesis, con un costo máximo unitario equivalente a 38 salarios mínimos mensuales vigentes de la localidad donde resida el afiliado. Excepto la reposición de prótesis ya existentes a la fecha del accidente o enfermedad.
  20. Tratamiento quirúrgico de nariz o senos paranasales que sean originados por accidente ocurrido durante la vigencia de la Póliza y esté cubierto por el programa, y que dicha intervención se realice de manera inmediata o bien dentro de los primeros treinta días naturales de ocurrido el accidente, previa revisión y autorización de General de Salud, Compañía de Seguros, S. A.
  21. Tratamientos médicos o quirúrgicos de carácter reconstructivo, no estético, que resulten indispensables a consecuencia de accidente o enfermedad, siempre y cuando éste haya sido cubierto por el programa y se dictaminen dentro de los siguientes treinta días naturales de ocurrido el evento.


GASTOS CUBIERTOS CON PERIODO DE ESPERA DE DIEZ MESES:

Para los efectos de este contrato se contemplan como tales, los gastos por tratamiento médico quirúrgico para planificación familiar definitiva (vasectomía y salpingoclasia); así como los indicados en las demás coberturas.

GASTOS CUBIERTOS CON PERIODO DE ESPERA DE DOS AÑOS:

Los gastos por tratamiento médico o quirúrgico de: amígdalas y/o adenoides; padecimientos anorrectales; cirugía funcional de nariz o senos paranasales en caso de enfermedad, previa valoración y autorización de la Compañía; circuncisiones; litiasis renal o de vías urinarias; hernias; padecimientos de la columna vertebral; tratamientos quirúrgicos u oncológicos del piso perineal, genitales internos y externos; padecimientos prostáticos; padecimientos de vesícula y vías biliares; tumoraciones mamarias; várices; padecimientos de rodilla.

GASTOS CUBIERTOS CON PERIODO DE ESPERA DE CINCO AÑOS

El diagnóstico y tratamientos para el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y sus complicaciones, quedarán cubiertos a partir del quinto año de vigencia continua e ininterrumpida, siempre y cuando el virus no haya sido detectado antes o durante este periodo.

No se cubrirán durante el mismo lapso, los estudios diagnósticos para la detección de este padecimiento.

COBERTURAS ADICIONALES ASISTENCIA INTERNACIONAL EN VIAJE

Esta cobertura otorga beneficios de asistencia en caso de accidente o repentina enfermedad de los Afiliados de General de Salud, Compañía de Seguros, S. A., mediante servicios que brindará a través de una tercera empresa. Los servicios que a continuación se mencionan, serán válidos en todo el mundo, siempre y cuando el Afiliado o sus beneficiarios se encuentren viajando a ciento cincuenta kilómetros o más de su residencia legal o en otro país que no sea el de su residencia durante menos de noventa días.

Todos los servicios deberán ser concertados por el Proveedor de Asistencia Internacional en Viajes que General de Salud, Compañía de Seguros, S. A. designe para tal fin.

No se aceptarán reclamos por reembolsos en los siguientes casos:

  • Consulta, evaluación y referencia médica.
  • Garantía de admisión a un hospital.
  • Evacuación médica.
  • Repatriación médica.
  • Vigilancia de atención crítica.
  • Transporte para reunirse con el beneficiario elegible.
  • Transferencia o reemplazo de recetas para medicamentos.
  • Cuidado y transporte de menores de edad.
  • Transmisión de mensaje de emergencia.
  • Traslado de restos mortales.
  • Orientación psicopedagógica de emergencia.
  • Referencia a intérpretes y consejeros legales.
  • Coordinación de fianza.
  • Coordinación de efectivo por emergencia.
  • Servicios de asistencia en general y antes del viaje.
  • Materiales de comunicación e identificación.


EMERGENCIA EN EL EXTRANJERO

Mediante la obligación del pago de esta cobertura, General de Salud, Compañía de Seguros, S.A. reembolsará las erogaciones realizadas por el Afiliado o sus dependientes, originadas por una emergencia en el extranjero a consecuencia de una accidente o enfermedad.

La edad máxima de renovación para esta cobertura será de sesenta y nueve años cumplidos.

BENEFICIO MÁXIMO:

El Beneficio Máximo de esta cobertura será el equivalente en moneda nacional de cincuenta mil dólares moneda de los Estados Unidos de Norteamérica. El deducible para esta cobertura será el equivalente en moneda nacional de cincuenta dólares moneda de los Estados Unidos de Norteamérica.

El Beneficio Máximo que corresponde a esta cobertura es independiente del contratado en cualquier otra y será el que rija durante la vigencia del certificado correspondiente. Esta cobertura será válida, siempre y cuando el Afiliado o sus beneficiarios se encuentren viajando fuera de la República Mexicana y su estancia no exceda los noventa días.

EMERGENCIA MÉDICA:

Cualquier alteración de la salud del Afiliado, que suceda, se origine o se manifieste por primera vez después de la fecha de salida en viaje, a través de síntomas agudos de tal severidad que requieran atención médica de inmediato, que ponga en peligro su vida o su integridad corporal.

La Emergencia, así como los efectos de esta cobertura terminan cuando se estabilice y controle la condición patológica del paciente y esté en posibilidad de regresar a territorio Nacional. Cualquier tratamiento posterior, será atendido en la República Mexicana de acuerdo a las condiciones de su Programa de Salud.

COPAGOS

Los copagos que se muestran a continuación son los predeterminados para todos los planes (aplican de acuerdo a las coberturas contratadas). Para cotizar cualquiera de nuestros planes bajo un esquema diferente de Copagos favor de acudir a nuestra página web: www.generaldesalud.com.mx o directamente a nuestras Oficinas.
 

 SERVICIOS EN CONSULTORIO

 

 

  

Consulta con el M.C.P. (Médico de Cuidados Primarios) en horas y días hábiles

$50

Consulta con el Especialista en horas y días hábiles

 $100

Gineco-obstetra, parto y/o cesárea

 $2,000

Servicios odontológicos (profilaxis, radiografía periapical, curación, obturación con amalgama, extracciones simples y drenajes de absceso)

$50 por servicio

   
GASTOS DE HOSPITALIZACIÓN  
Paciente interno*

10% de la Factura

Maternidad*

15% de la Factura

Cirugía ambulatoria*

10% de la Factura

Serv. Aux. diagnóstico en sala de cirugía ambulatoria

10% de la Factura

Radio y quimioterapia

10% de la Factura

Ambulancia y aparatos especiales

25% de la Factura

Litotripsia o cirugía funcional de nariz

30% de la Factura

Sala de urgencias en hospital tipo “B”

$150

Sala de urgencias en hospital tipo “A”

  $300

 

 

OTROS  
Rehabilitación y terapia

 $50

Servicios auxiliares de diagnóstico en consulta externa

25% de la Factura

Enfermera especializada

$100 por día

   
* El Copago aumentará en 10 puntos porcentuales cuando se utilice hospital tipo “A”  

   
En los paquetes que se encuentre contratada la cobertura de hospitalización, el Copago máximo por Ingreso al hospital será de $20,000

FORMAS DE PAGO

Para su mayor comodidad, su cliente puede pagar su póliza bajo los siguientes esquemas:
 

Formas de Pago

Periodicidad

 Recargo por pago fraccionado

Anual

0%

Semestral

3.7%

Trimestral

5.7%

Mensual*

7%


     * Forma de pago mensual aplica sólo en pólizas de Grupo.