Multi-Salud ha sido diseñada con base en las necesidades que actualmente demanda el mercado. General de Salud, Compañía de Seguros, S. A. con su amplia y destacada participación en el Ramo Asegurador, ha detectado a lo largo de los años, las exigencias que nuestros clientes requieren teniendo como valor adicional, la experiencia que nos da el haber sido la primera Compañía Mexicana en ofrecer la cobertura de Salud.
Somos Especialistas en proteger su salud y la de los suyos a través de estos atractivos planes que le ofrecen múltiples opciones que usted mismo puede seleccionar de acuerdo a sus necesidades.
¡Le invitamos a conocerlos!

I. PREVENCIÓN DE LA SALUD
Mediante convocatoria por parte de la Compañía, los Afiliados gozarán de los siguientes servicios:
Campañas educativas en el mantenimiento de la salud.
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Inmunizaciones para menores de cinco años de acuerdo a las comprendidas en la Cartilla Nacional de Vacunación: Polio, DPT (Difteria, Tosferina y Tétanos), Sarampión y BCG (Tuberculosis), MMR (Triple Viral), Hexavalente (DPT, Polio, Hepatitis B, y HIB).
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Inmunizaciones para grupos de riesgo: SR (Sarampión y Rubéola), Td (Toxoide tetánico y diftérico); así como las inmunizaciones que estipulen los programas emergentes del Sistema Nacional de Salud.
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Detección oportuna de cáncer ginecológico, (examen de mama, mamografía y papanicolau), de cáncer de próstata (examen físico y antígeno prostático en sangre), de cáncer de colón y recto (examen físico y prueba de sangrado microscópico en heces), campañas de detección oportuna de hipertensión arterial, de dislipidemias (determinación de colesterol y triglicéridos en sangre), de diabetes mellitus (glucemia en sangre).
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Educación y Planificación Familiar Temporal (dispositivo intrauterino).
II. MANTENIMIENTO DE LA SALUD (Cobertura que aplica sólo en caso de estar contratada y se indique en la carátula de la póliza).
El mantenimiento de la salud de los Afiliados, estará a cargo del Médico de Cuidados Primarios (M.C.P.), el cual podrá ser seleccionado de la Red de Médicos Generales, Familiares y Pediatras, de acuerdo a su edad, quienes brindarán los siguientes servicios:
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Atención médica en consultorio del Médico de Cuidados Primarios
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Atención en consultorio con médicos especialistas
III. MATERNIDAD (Cobertura que aplica sólo en caso de estar contratada y se indique en la carátula de la póliza).
Se consideran cubiertos los siguientes gastos, siempre que el embarazo se geste dentro de la vigencia de la póliza y cobertura.
Es requisito indispensable que al momento del parto, la cobertura se encuentre contratada, vigente y cubierto el periodo de espera:
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Cuidados de maternidad, (parto o cesárea con un período de espera de diez meses de vigencia continua de manera ininterrumpida en la póliza).
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Servicios de ginecobstetricia, siempre que el embarazo se haya generado posterior a un mes de vigencia continua de la póliza.
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Cuidados del recién nacido, siempre y cuando el bebé haya sido gestado posterior a treinta días de vigencia continua de la póliza y la madre haya cursado diez meses de cobertura previa e ininterrumpida inmediata antes de su nacimiento. Para que la atención al recién nacido sea de inmediata y continua, deberá darse de alta dentro de los primeros treinta días naturales a su nacimiento y la prima se encuentre pagada.
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Padecimientos congénitos de los hijos nacidos durante la vigencia de la Póliza, (siempre y cuando la madre hubiera cumplido los diez meses de cobertura previa e ininterrumpida, y el parto haya sido cubierto por el programa) y el menor sea dado de alta al programa dentro de los primeros treinta días naturales siguientes a su nacimiento.
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Complicaciones del embarazo y del parto (siempre que el embarazo se haya generado treinta días posteriores a la vigencia continua e ininterrumpida de la póliza).
IV. SERVICIOS AUXILIARES DE DIAGNÓSTICO (Aplicable sólo en caso de estar contratada y se indique en la carátula de la póliza).
Servicios auxiliares de diagnóstico solicitados por el médico tratante, (análisis de laboratorio, electrocardiogramas, estudios de rayos-X e imagenología, histopatología, estudios audiológicos, pruebas respiratorias, encefalogramas, examen de la vista e isótopos radioactivos).
V. SERVICIOS ODONTOLÓGICOS (Aplicable sólo en caso de estar contratada y se indique en la carátula de la póliza).
Estos servicios incluyen:
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Consultas al odontólogo, incluye aplicación tópica de flúor en infantes
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Profilaxis (limpieza) e instrucciones de higiene bucal
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Examen oral de diagnóstico y plan de tratamiento
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Radiografías periapicales simples.
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Curación y obturación con amalgamas
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Extracciones simples, excepto terceros molares
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Drenaje de absceso
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Tratamientos dentales, alveolares o gingivales indispensables a consecuencia de un accidente, amparado y cubierto por el programa, siempre y cuando se manifiesten y atiendan dentro de los siguientes treinta días de ocurrido el accidente.
VI. HOSPITALIZACIÓN (Cobertura que aplica sólo en caso de estar contratada y se indique en la carátula de la póliza).
Se consideran cubiertos los gastos que se ocasionen a consecuencia de un accidente o enfermedad amparados por el programa, que provoque el internamiento del Afiliado en un hospital o sanatorio, incluyendo:
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Gastos de hospital o sanatorio por el internamiento del Afiliado: representados por el costo de cuarto privado estándar, alimentos del paciente, gastos de anestesia, gastos inherentes al tratamiento médico.
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Hospitalización no quirúrgica.
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Cirugía ambulatoria y cirugía menor.
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Honorarios del médico tratante por consultas que reciba el Afiliado durante su hospitalización en el sanatorio u hospital.
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Honorarios por intervención quirúrgica de cirujanos y ayudantes. Se cubrirán los honorarios quirúrgicos de acuerdo con los aranceles vigentes de la compañía en la plaza, incluyendo a los ayudantes.
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Honorarios del anestesiólogo.
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Medicamentos de uso intrahospitalario. Se cubrirán todos los medicamentos requeridos por el paciente durante su estancia en el Hospital.
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Sala de operaciones, terapia intensiva, intermedia y de recuperación.
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Consumo de oxígeno.
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Transfusiones de sangre o elementos de la misma que se requieran.
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Servicio de urgencias las veinticuatro horas.
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Planificación familiar definitiva (Vasectomía y Salpingoclasia) con periodo de espera de diez meses consecutivos e ininterrumpidos de vigencia.
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Enfermera de cuidados especiales legalmente autorizada para ejercer su profesión, cuando dicho servicio sea prescrito por el médico tratante, con un límite máximo de treinta días naturales por padecimiento.
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Compra o renta de aparatos especiales ortopédicos, excepto la reposición de aquellos aparatos ortopédicos ya existentes a la fecha del accidente o enfermedad.
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Medicina física y de rehabilitación, cuando sea considerado indispensable por el médico tratante, con un límite máximo de sesenta sesiones por padecimiento.
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Tratamiento con terapia radioactiva, quimioterapia e inhaloterapia.
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Renta de equipo para recuperación, con un límite máximo de sesenta días por padecimiento.
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Transporte en ambulancia terrestre, cuando el médico tratante así lo requiera, previa autorización de General de Salud, Compañía de Seguros, S. A.
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Por accidente o enfermedad, gastos de prótesis ortopédicas, mamarias, oculares, valvulares o cualquier otro tipo de prótesis, con un costo máximo unitario equivalente a 38 salarios mínimos mensuales vigentes de la localidad donde resida el afiliado. Excepto la reposición de prótesis ya existentes a la fecha del accidente o enfermedad.
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Tratamiento quirúrgico de nariz o senos paranasales que sean originados por accidente ocurrido durante la vigencia de la Póliza y este cubierto por el programa, y que dicha intervención se realice de manera inmediata o bien dentro de los primeros treinta días naturales de ocurrido el accidente, previa revisión y autorización de General de Salud, Compañía de Seguros, S. A.
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Tratamientos médicos o quirúrgicos de carácter reconstructivo, no estético, que resulten indispensables a consecuencia de accidente o enfermedad, siempre y cuando éste haya sido cubierto por el programa y se dictaminen dentro de los siguientes treinta días naturales de ocurrido el evento.
GASTOS CUBIERTOS CON PERIODO DE ESPERA DE DIEZ MESES:
Para los efectos de este contrato se contemplan como tales, los gastos por tratamiento médico quirúrgico para planificación familiar definitiva (vasectomía y salpingoclasia); así como los indicados en las demás coberturas.
GASTOS CUBIERTOS CON PERIODO DE ESPERA DE DOS AÑOS:
Los gastos por tratamiento médico o quirúrgico de: amígdalas y/o adenoides; padecimientos anorrectales; cirugía funcional de nariz o senos paranasales en caso de enfermedad, previa valoración y autorización de la Compañía; circuncisiones; litiasis renal o de vías urinarias; hernias; padecimientos de la columna vertebral; tratamientos quirúrgicos u oncológicos del piso perineal, genitales internos y externos; padecimientos prostáticos; padecimientos de vesícula y vías biliares; tumoraciones mamarias; várices; padecimientos de rodilla.
GASTOS CUBIERTOS CON PERIODO DE ESPERA DE CINCO AÑOS:
El diagnóstico y tratamientos para el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y sus complicaciones, quedarán cubiertos a partir del quinto año de vigencia continua e ininterrumpida, siempre y cuando el virus no haya sido detectado antes o durante este periodo. No se cubrirán durante el mismo lapso, los estudios diagnósticos para la detección de este padecimiento. En General de Salud todos nuestros Planes Multi-Salud cuentan con el PLUS de brindar a nuestros clientes, el acceso a los Servicios de Medicina Preventiva y Detección Oportuna de enfermedades para cada edad y tipo de persona.
VII. ASISTENCIA INTERNACIONAL EN VIAJE
(Cobertura Adicional que aplica sólo en caso de estar contratada y se indique en la carátula de la póliza). Esta cobertura otorga beneficios de asistencia en caso de accidente o repentina enfermedad de los Afiliados de General de Salud, Compañía de Seguros, S. A., mediante servicios que brindará a través de una tercera empresa.
Los servicios que a continuación se mencionan, serán válidos en todo el mundo, siempre y cuando el Afiliado o sus beneficiarios se encuentren viajando a ciento cincuenta kilómetros o más de su residencia legal o en otro país que no sea el de su residencia durante menos de noventa días.
Todos los servicios deberán ser concertados por el Proveedor de Asistencia Internacional en Viajes que General de Salud, Compañía de Seguros, S. A. designe para tal fin. No se aceptarán reclamos por reembolsos:
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Consulta, evaluación y referencia médica
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Garantía de admisión a un hospital
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Evacuación médica
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Repatriación médica
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Vigilancia de atención crítica
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Transporte para reunirse con el beneficiario elegible
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Transferencia o reemplazo de recetas para medicamentos
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Cuidado y transporte de menores de edad
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Transmisión de mensaje de emergencia
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Traslado de restos mortales
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Orientación psicopedagógica de emergencia
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Referencia a intérpretes y consejeros legales
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Coordinación de fianza
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Coordinación de efectivo por emergencia
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Servicios de asistencia en general y antes del viaje
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Materiales de comunicación e identificación.
ELEGIBILIDAD
La cobertura de los Planes Multi-Salud se otorgará bajo los siguientes límites de edades:
Límite de Edades
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Asegurado
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Edad de Aceptación
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Edad máxima de Renovación
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Edad de Cancelación
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Titular |
18 a 64 años |
69 años |
70 años |
Dependientes |
*0 a 64 años |
69 años |
70 años |
Hijos |
*0 a 24 años |
24 años |
25 años |
* Para darse de alta como Dependiente, el interesado deberá reunir alguno de los siguientes requisitos:
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Ser cónyuge del Afiliado Titular.
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Ser hijo o estar bajo tutela legal del Afiliado Titular, siempre y cuando:
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a) Sea soltero y dependa legal y económicamente del Afiliado Titular y
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b) Sea estudiante de tiempo completo y asista a una Escuela, Colegio o Universidad acreditados, sin haber alcanzado los veinticinco años de edad, ó
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c) Sea menor de dieciocho años en el caso de que no asista a una institución educativa acreditada.
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Ser padre o madre del Afiliado Titular y
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a) Dependan económicamente del Afiliado Titular y
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b) No sean mayores de sesenta y cuatro años de edad.
- La cobertura de todos los Afiliados dentro de una familia cesará cuando se pierda la elegibilidad del Afiliado Titular.
- La cobertura de un Afiliado Dependiente cesará cuando deje de cumplir los requisitos de elegibilidad para ser Afiliado Dependiente.
Es importante considerar que los Planes Multi-Salud pueden ser adquiridos para pólizas Individuales, Familiares y de Grupo.
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